La SCJN, juzgadora no legisladora…
Lic. francisco Javier Álvarez de la Fuente
La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene como principal función, el juzgar y ser garante de los derechos humanos y el próximo miércoles 23 de los corrientes analizará, en su primera sala, un expediente relacionado con el aborto y con la protección del derecho a la vida de los seres humanos en gestación en el estado de Veracruz. Las implicaciones de dicho análisis y su resolución podrían impactar directamente en la protección legal del derecho humano fundamental a la vida, en concreto en sus primeras etapas.
Si bien sus consecuencias inmediatas tendrían efecto en ese estado, sus efectos se podrían extender a las demás entidades de país. El Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá quien elaboró el proyecto de sentencia del Amparo en Revisión 636/2019 y propuso a la Primera Sala confirmarlo, lo que obligaría a Veracruz a reformar su Código Penal.
El proyecto indica que sí existe una obligación de que el congreso local reforme la normativa penal del aborto, con fundamento en la Constitución mexicana y en los tratados internacionales.
«La prohibición total de la interrupción del embarazo -vía tipificación penal- es una barrera que genera discriminación en contra de las mujeres en relación con el acceso al derecho a la salud», dice el proyecto de Juan Luis González Alcántara Carrancá.
“Las decisiones de la mujer durante el periodo de las primeras doce semanas del embarazo, previos al periodo fetal, son parte de su esfera privada que no está sujeta a la potestad sancionadora del Estado. Por lo tanto, no es acorde con las obligaciones convencionales aparejar una sanción penal por la interrupción del embarazo durante este periodo», indica.
Esto concuerda con el proyecto de su maestra Olga Sánchez Cordero desde que ella fue Ministra de ese alto cuerpo colegiado, y quien ahora como Secretaria de Gobernación pretende imponer primero en los Congresos Locales y como no lo ha logrado, ahora pretende que la SCJN, se convierta en “legisladora”, lo que contraría a la propia Constitución.
Además contraría los hallazgos de las ciencias pues existe una tendencia a “confrontar a la madre y sus anhelos contra la vida de su hijo” el bienestar de madre e hijo son convergentes. La dignidad de la vida humana, que inicia desde la fecundación se extiende también a lo largo de toda su vida. El aborto no es un apoyo para la mujer, que puede ser incluso víctima al encontrarse en el vientre de su madre. Es necesario que sea reconocida y atendida esta dignidad humana en particular en el caso de la mujer en situación vulnerable.
Compete a las autoridades de cualquiera de los tres poderes, o de cualquier nivel de gobierno, actuar en miras a otorgar la máxima protección legal al derecho a la vida que tiene cada individuo de la especie humana en cualquier momento y circunstancia.
Por ello exhortamos a todos los ciudadanos a que sumemos nuestros esfuerzos para lograr que la dignidad de cada ser humano sea apreciada y que salgamos delante de los graves desafíos que se nos presentan en este momento de la historia de nuestro país.
Y exigir a la SCJN, y a todas las autoridades, en cualquiera de sus niveles, tomar decisiones que efectivamente sean en beneficio de todos los electores y romper con el circulo de un partido mayoritario que pretenda imponer sus decisiones y para ello…Aquí estamos!