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¡Aquí estamos!

4 febrero, 2014
in Editoriales
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“97 años de la Carta Magna…”

Lic. francisco Javier Álvarez de la fuente

[email protected]

En nuestra anterior colaboración concluíamos con que después de demostrar que el constituyente de Querétaro, que tanto por su origen como por su formación, el llamado era intrínsecamente espurio, y que veríamos si de alguna manera podría legitimarse por la Constitución que expidió.

Pues bien en esta ocasión, traeremos a colación, que cuando triunfa el Movimiento “Carrancista” llamado también “constitucionalista”, que derrocó a Huerta, y que logró impulsar un nuevo “Constituyente” (1916-1917),  la actitud que asumieron, fue profundamente anticatólica, ya que dentro de la filas de los revolucionarios constitucionalistas militaron muchos miembros de aquellos clubes de inspiración liberal, masónica y protestante, cuyos principales postulados eran la vigencia plena de las leyes de reforma y una actitud completamente anticatólica.

Como resultado de estos factores fue un Congreso Constituyente dominado por elementos que se auto calificaron de anti clericales y jacobinos, lo que necesariamente se reflejaría en algunos preceptos (3º, 5º, 24, 27, 130), francamente hostiles a la Iglesia Católica.

Cuando Carranza resulta triunfador de la revolución mexicana, no cumple lo establecido por él mismo en En el Decreto del 12 de diciembre de 1914, de Reformas al Plan de Guadalupe, se promete solemnemente que: “al triunfo de la revolución el Primer Jefe – Carranza – convocará a elecciones al Congreso de la Unión” y le someterá las reformas expedidas y puestas en vigor durante la lucha, con el objeto de que el Congreso ratifique, enmiende o complemente y para que eleve a preceptos constitucionales, sino que decide convocar a un Congreso Constituyente a reunirse en la Ciudad de Querétaro a partir del 1 de diciembre de 1916, con el primer propósito de modificar la Constitución de 1857, de lo que finalmente resultó una nueva constitución que se promulgó el 5 de febrero de 1917 y entró en vigor el 1º de mayo del mismo año.

El proyecto presentado por Carranza, que respetaba la gran mayoría de los artículos contemplado en la Constitución de 1857, y las modificaciones propuestas, estaban inspiradas en la Doctrina Social de la Iglesia, y al ser discutida y destrozada por los constituyentes, que traicionaron a Carranza, principalmente los jacobinos, resultó ser el documento legitimador de la revolución mexicana, pero al mismo tiempo paso a ser la constitución de los jacobinos y anticlericales.

Ahora bien después de casi cien años de que fuera promulgada la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución de 1917 se ha modificado 573 veces a través de 214 decretos de reforma.

Casi dos tercios de esas reformas son posteriores a 1982 y sólo en el sexenio del presidente Felipe Calderón (2006-2012) se publicó casi una quinta parte de todas las reformas. El texto de la Constitución de Querétaro es 2.7 veces más extenso que el original de 1917, pues pasó de unas 22 mil palabras a 59 mil.

México tiene una nueva Constitución sin haberlo declarado. Los cambios de 2013 con Peña Nieto, alteraron piezas clave del contrato social. Fueron cambios no sólo del tejido legal, sino también de reglas que contravienen largos hábitos, viejas costumbres.

Es imposible saber cómo funcionará el país bajo las nuevas reglas, cuál país real emergerá de su ejercicio. Lo cierto es que tenemos un nuevo código y un nuevo espíritu constituyente. Lo que no tenemos es una nueva cultura constitucional.

El 80% de los artículos constitucionales originales han sido modificados un promedio de cinco veces cada uno. Es una Constitución que ha sido modificada dos veces más que cualquier otra constitución democrática del mundo.

Así las cosas y para seguir compartiendo con ustedes estos apuntes de la historia que son poco conocidas o ignoradas… ¡Aquí estamos!

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