Cd. Victoria, Tam.- A una semana que se cumpla el plazo para reforzar las acciones de verificación en las 2 mil 400 farmacias que existen en Tamaulipas para evitar la comercialización de antibióticos sin receta médica, se excluyen los medicamentos en presentaciones cutáneas, oftálmicas, nasales, óticas, óvulos vaginales y supositorios, dijo el doctor, Roberto Hernández Báez.
El Comisionado Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS), explicó que los 2 mil 55 antibióticos que fueron publicados por la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) para que comercialicen con receta médica, se prescriben para proteger las enfermedades digestivas, respiratorias y de otro tipo, siempre y cuando sean prescritas por un médico e incluso por dermatólogo cuando son de uso oral o inyectable; y las presentaciones cutáneas, oftálmicas, nasales, óticas, óvulos vaginales y supositorios, no requerirán de receta médica para su comercialización.
La mayoría de las enfermedades infecciosas agudas de vías respiratorias o del aparto digestivo (diarreas) son tratadas con antibióticos, siendo que estos solo se justifican en un porcentaje muy bajo, por lo que se ha creado una alta resistencia bacteriana a los antibióticos generada por su uso indiscriminado y ante esta situación la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha recomendado contener el uso indiscriminado de los antibióticos para frenar esta resistencia.
Señaló que el Secretario de Salud, Juan Guillermo Mansur Arozla, ha manifestado la preocupación para que se lleven a cabo las acciones y se cumpla con lo establecido por la nueva disposición de la Ley General de Salud, por tal motivo se han desarrollado las pláticas de fomento sanitario a los propietarios de este tipo de establecimientos.
“Lo que se busca es evitar que los propietarios de las farmacias sean sujetos a sanciones administrativas y económicas, las cuales podrían superar los 880 mil pesos, así como el proteger la salud de la población como lo ha indicado el gobernador del estado Eugenio Hernández Flores, para lo cual los farmacéuticos y médicos públicos y privados, cumplan con esta normatividad”, expuso Hernández Báez.
Explicó que la relación de antibióticos y antimicrobianos; considerados dentro de la fracción IV del Artículo 226 de la Ley General de Salud, se presentan en sus diferentes formas farmacéuticas: oral (grageas, cápsulas, tableta, suspensión, solución oral, granulado, implante, trociscos), parenteral (solución inyectable endovenosa, e intramuscular); entre otros y se excluyen las antes mencionadas y será la COFEPRIS quienes publicarán y mantendrá actualizada la lista de antibióticos por denominación genérica, o distintiva y genérica correspondiente, que estarán sujetos a este control para consulta pública en su portal electrónico de Internet.
Es importante destacar que la receta médica expedida al usuario deberá contar con el nombre del médico, nombre de la institución que les hubiere expedido el título profesional, número de la cédula profesional emitida por las autoridades educativas competentes, domicilio del establecimiento y fecha de su expedición y las recetas expedidas por especialista de la medicina, además, deberán contener el número de registro de especialidad emitido por la autoridad competente.
Aunado a esto y al momento de prescribir la receta, el médico deberá indicar la dosis, presentación, vía de administración, frecuencia y tiempo de duración del tratamiento.