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¡Aquí estamos!

30 diciembre, 2011
in Editoriales
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“CASI UNA INOCENTADA…”

Lic. francisco Javier Álvarez de la fuente

[email protected]

El pasado 28 de diciembre, la sala regional de Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó revocar la resolución del Tribunal Estatal Electoral de Michoacán (TEEM) y anular las elecciones en Morelia, en las que triunfó la coalición PRI-PVEM.

La decisión del máximo órgano comicial se basó en la difusión en televisión restringida del cierre de campaña del PRI por la gubernatura, en la que apareció durante casi cinco minutos el aspirante priísta a la alcaldía, Wilfrido Lázaro Medina.

Asimismo, consideró la inclusión del logo del PRI en el calzoncillo del boxeador Juan Manuel Márquez durante su pelea con el filipino Manny Pacquiao por el campeonato mundial, una noche antes de la elección, en Las Vegas, la cual se vio en todo el país.

“Factores determinantes en el resultado de comicios”

Por mayoría de dos a uno, los magistrados consideraron que ambas transgresiones a la restricción que tienen los partidos políticos para contratar espacios publicitarios en medios electrónicos fueron determinantes en el resultado de la elección de presidente municipal, que se definió por 2 mil 317 votos.

Durante la madrugada de este miércoles, los magistrados determinaron aplicar la sanción más severa para una violación a las nuevas disposiciones constitucionales aprobadas en 2007-2008, un factor a considerar por los magistrados fue el estrecho margen de victoria, por lo que consideraron que el haber adquirido espacios en televisión restringida para difundir el cierre de campaña y contratar publicidad en periodo de veda fue determinante.

A partir de una resolución del Instituto Federal Electoral que confirmó la adquisición ilegal de casi 45 minutos en televisión por cable para difundir el cierre de campaña, los magistrados consideraron que dicha trasgresión a la Constitución fue grave, por lo que anularon los comicios y se notificó al Congreso para que proceda con lo conducente, que es la convocatoria a elecciones extraordinarias en Morelia.

Sólo la magistrada Adriana Favela se pronunció contra la resolución, subrayando que el cierre de campaña difundido fue el del aspirante a gobernador, Fausto Vallejo, y en el cual el candidato a la alcaldía sólo aparece 4 minutos con 41 segundos, de los más de 45 que duró todo el evento.

Igualmente, deploró que se considerara factor decisivo la colocación de un emblema del PRI en el calzoncillo de Márquez, particularmente porque en el mismo proyecto se señala que no hay elementos para medir la penetración o la influencia que tuvo la transmisión de la justa deportiva. A su juicio, ninguno de los dos elementos justifica que se revoque la resolución del TEEM, porque de concretarse la lógica indicaría que el PRI hubiera “arrasado” en la elección.

Creo firmemente que la sala regional de Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al determinar la anulación de las elecciones en Morelia, lo hizo a mi parecer sin fundamentos válidos suficientes para tal determinación, y el PRI, al determinar a su vez no impugnar esa determinación, se creyó la misma y no tomó en cuenta que esa decisión se dio en un día en que todo puede suceder como es el día de “los santos inocentes” y por lo tanto fue casi una inocentada aceptada por el PRI y para ver qué es lo que sucede a fin de cuentas …¡Aquí estamos!

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