La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el 2 de marzo de 2026 desechar el recurso de revisión que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) promovió contra un amparo otorgado a Grupo Televisa, lo que obliga a la autoridad fiscal a devolver más de 103 millones 073 mil pesos por pagos indebidos de impuestos, incluyendo intereses y actualizaciones, tras considerar que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) carecía de legitimación para impugnar la sentencia que había favorecido a la empresa. Esto se suma a devoluciones previas por un monto de 288 millones 671 mil pesos, consolidando un fallo favorable para la televisora.
La decisión, comunicada por la ministra Lenia Batres, también generó debate interno, ya que ella manifestó su desacuerdo con la mayoría del Pleno, argumentando que Hacienda debería poder recurrir estas sentencias para defender los recursos públicos. La Corte aprovechó el caso para establecer un criterio jurídico de carácter general que delimita la obligación del SAT de pagar intereses en devoluciones fiscales: si bien la devolución de impuestos actualizados tiene una función restitutoria, el pago de intereses posee una naturaleza indemnizatoria y sancionatoria, por lo que solo procede cuando la sentencia judicial lo ordena de forma expresa y condenatoria.
Este criterio emana de una interpretación sistemática de los artículos 22 y 22-A del Código Fiscal de la Federación, según la cual no basta con que se declare la nulidad de un crédito fiscal —como ocurrió con el pago indebido— para generar automáticamente el derecho a intereses. Es indispensable que el fallo administrativo o judicial mandate expresamente la compensación por pago indebido, lo que establece un precedente vinculante para futuros litigios entre contribuyentes y la autoridad hacendaria en materia de compensaciones económicas adicionales.
En términos prácticos, esta resolución de la SCJN refuerza la tutela jurídica efectiva de los contribuyentes, al impedir que el SAT se ampare en recursos de revisión sin legitimación para frenar devoluciones ordenadas por la justicia federal, y fija parámetros claros sobre cuándo procede el pago de intereses por restitución de cantidades pagadas indebidamente. La definición de estas reglas será clave en los litigios fiscales que involucran a grandes empresas y altos montos reclamados por concepto de impuestos.


