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Ordena el Gobernador desaparecer el Servicio de Administración Tributaria de Tamaulipas

10 septiembre, 2021
in Noticias
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Ordena el Gobernador desaparecer el Servicio de Administración Tributaria de Tamaulipas
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Cd. Victoria, Tamaulipas.- El controvertido Servicio de Administración Tributaria de Tamaulipas desaparecerá en las siguientes horas, según iniciativa que presentó el Gobernador ante el Congreso.

Ideado para perseguir a los causantes, en los hechos nunca entró en vigor ni se conoció a titular alguno, no obstante que fue estructurado para funcionar como organismo descentralizado y con personalidad jurídica propia.

La iniciativa del Gobernador Francisco Javier García fue recibida por los diputados en la sesión de la Comisión Permanente, el jueves.

Conocido como SATTAM, había sido creado por los diputados en diciembre del 2019, con vigencia a partir del  enero del 2020, pero la Ley respectiva fue publicada hasta dos meses después.

Ideado como “órgano desconcentrado de la Secretaría de Finanzas y entre sus atribuciones llevará a cabo el cobro de impuestos y contribuciones”, pero nunca operó.

Al contrario, generó inconformidad entre los causantes porque se pretendía convertirse en instrumento persecutor.

La estructura burocrática de su Ley señala una dependencia completa de la secretaría de Hacienda con las siguientes direcciones: Servicios del  Contribuyente, Auditoría Fiscal, Auditoría de Comercio Exterior, Recaudación, Jurídica, Administrativa y Coordinación de Oficinas Fiscales.

Los órganos de gobierno son:

Un presidente honorario, el Gobernador del Estado

Secretario ejecutivo, el titular de Finanzas

Secretario Técnico que designará el titular de Finanzas

Cuatro vocales

El titular del SATTAM

Un contralor

Cabe señalar que, en marzo del 2020, la presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Rosario Piedra Ibarra, presentó controversia Constitucional en contra del Gobierno y Congreso de Tamaulipas, por aprobar en la Ley del  SATTAM  como requisito que para ser titular del mismo: “No haber sido sentenciado por delito doloso que haya ameritado pena privativa de la libertad por más de un año”.

La resolución de la Corte se dio en mayo 21 del 2021, en que ordenan eliminar la porción normativa del artículo 13, Apartado A, fracción IV, de la citada Ley por violatoria de los derechos fundamentales de las personas.

En las siguientes horas el Congreso activará la desaparición del organismo.

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